email print share on Facebook share on Twitter share on LinkedIn share on reddit pin on Pinterest

LEGISLACIÓN Europa

Europa impone un 30% de productos continentales en servicios a la carta

por 

- Los ministros de cultura de la UE han llegado a un acuerdo con respecto a la cuota de contenidos europeos accesibles en las plataformas de VOD

Europa impone un 30% de productos continentales en servicios a la carta
(de izquierda a derecha) Alice Bah Kuhnke, ministra de la cultura de Suecia; Francoise Nyssen, ministra de cultura de Francia; Owen Bonnici, ministro de justicia de Malta, y Monika Grutters, secretaria de estado parlamentaria en el ministerio federal alemán de Cultura, en Bruselas

Al cabo de una reunión maratoniana celebrada el 23 de mayo en Bruselas, los ministros de cultura y del ámbito audiovisual de la Unión Europea dieron por concluida su versión de la directiva revisada sobre los servicios de medios audiovisuales, o SMA, que ahora pasará a debatirse con el Parlamento y con la Comisión.

Francia, España, Alemania e Italia lograron conformar una mayoría para fijar en un 30% (un 20% era la propuesta de partida) la cuota mínima de obras europeas programadas en los servicios de vídeo a la carta. Estos, además, deberán cuidarse de resaltar las películas del Viejo Continente en sus catálogos por medios tales como banners, dispositivos de búsqueda o secciones específicas accesibles desde la página de inicio. Los servicios de televisión tradicionales, por su parte, siguen obligados a reservar una proporción mayoritaria de su tiempo de antena y un 10% de su parrilla a producciones independientes.

(El artículo continúa más abajo - Inf. publicitaria)

El Consejo también ha dado su beneplácito a la idea de que estas plataformas contribuyan en la producción de cine europeo, inclusive cuando estos servicios tienen su sede en territorio de otro Estado miembro, en cuyo caso la contribución exigida deberá basarse en la recaudación de ducho país, mientras que el país de origen de la producción habrá de tener en cuenta del cálculo en su propia contribución. Las cadenas de televisión y los servicios de VOD podrán elegir entre una inversión directa en la producción o una contribución a los fondos de apoyo nacionales. Los servicios con una audiencia o un volumen de negocio reducidos no deberán cumplir con esta exigencia. Estas disposiciones se han encontrado con el rechazo de territorios como los Países Bajos, Dinamarca, Suecia, Finlandia o el Reino Unido.

Aunque el principio del país de origen constituye “la piedra angular de la directiva”, el compromiso negociado por la presidencia maltesa del Consejo deja claras las reglas de jurisdicción (criterios de unificación de servicios) y refuerza las medidas de cooperación entre los reguladores en casos en que los servicios transfronterizos planteen problemas. Tal es el caso que se da cuando un servicio asentado en un país quiere llegar al público de otro territorio. Varios países como Hungría y Polonia quieren asimismo combatir el sorteo de normativas nacionales más estrictas o detalladas que efectúan algunos agentes del sector. Identificado el problema, el regulador nacional con jurisdicción del operador en cuestión deberá actuar en un plazo de dos meses.

También por mayoría se ha aprobado la ampliación del campo de aplicación de la directiva a las plataformas de compartición de vídeos y a las redes sociales, siempre y cuando los contenidos audiovisuales constituyan “una parte esencial” de su oferta. A estos servicios se les impondrán reglas estrictas en materia de protección de menores y del gran público en relación con contenidos perjudiciales que inciten al odio, la discriminación, la violencia o el terrorismo.

Por último, las disposiciones relativas a la "comunicación comercial" (publicidad, patrocinios...) serán menos ventajosas para los operadores que las que inicialmente propuso la Comisión Europea. Así, en el plano cuantitativo, la publicidad no podrá superar el 20% del tiempo de antena, ya sea entre las seis de la mañana y las seis de la tarde o entre las seis de la tarde y las doce de la noche. Las películas, los telefilms y los programas informativos no podrán verse interrumpidos más de una vez cada media hora.

El texto definitivo lo negociarán ahora entre el Consejo, la Comisión y el Parlamento durante las semanas venideras.

(El artículo continúa más abajo - Inf. publicitaria)

¿Te ha gustado este artículo? Suscríbete a nuestra newsletter y recibe más artículos como este directamente en tu email.

Privacy Policy